![](https://www.paraguaydigital.com/wp-content/uploads/2021/12/2018-01-02-Facturas-virtuales-Marangatu.jpg)
![](https://www.paraguaydigital.com/wp-content/uploads/2021/12/2018-01-02-Facturas-virtuales-Marangatu-560x600.jpg)
Notas
SET dispuso medidas y plazos para la emisión de facturas electrónicas
Agencia IP.- La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) dispuso medidas para la emisión de Documentos Tributarios Electrónicos, la designación de contribuyentes como facturadores electrónicos y estableció fechas en que ellos deberán emitir únicamente de forma electrónica sus documentos tributarios.
La SET informó estas nuevas medidas administrativas mediante la Resolución General N° 105/2021 que dispone primeramente, la modificación de las fechas a partir de las cuales los contribuyentes que formaron parte del Plan Piloto y de la fase de Adhesión Voluntaria del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (Sifen) debían emitir únicamente de forma electrónica sus documentos tributarios según Resolución General N° 95/2021, siendo la nueva fecha a partir del 1 de julio de 2022, con el objetivo de lograr una implementación sostenible y gradual del Sifen.
![](https://www.paraguaydigital.com/wp-content/uploads/2021/12/KWFSBL7DVNETVIGLGZPYAZ7FRA.jpg)
Además, para avanzar con la masificación del uso de la Factura Electrónica en Paraguay, la Administración Tributaria dispuso la designación de forma anticipada de nuevos grupos de contribuyentes obligados a emitir electrónicamente todos sus Comprobantes de Ventas y Documentos Complementarios, los Comprobantes de Retención y las Notas de Remisión, en los años 2023 y 2024.
Cuadro de referencia
En este sentido, los contribuyentes individualizados en los grupos del 1 al 10, deberán emitir únicamente de forma electrónica todos sus documentos tributarios, a excepción del Comprobante de Retención virtual, a partir de la fecha en que queden obligados conforme al siguiente calendario adjunto en el cuadro de referencia.
A partir de la fecha en que los contribuyentes quedan obligados a emitir únicamente de forma electrónica todos sus documentos tributarios, la autorización y timbrado de sus documentos preimpresos o autoimpresores, otorgados por la SET perderá vigencia, sin perjuicio de los documentos ya emitidos.
Es importante mencionar que además deberán cumplir con el procedimiento de comunicación de numeración utilizada y baja de documentos timbrados de medios de generación diferentes al electrónico, a excepción del Comprobante de Retención virtual cuando sea Agente de Retención, antes de la fecha en la que queda obligado.
Otra de las medidas dispuestas es que a partir del 1 de enero de 2024 todas las personas jurídicas que se inscriban como nuevos contribuyentes en el RUC, solamente podrán emitir de forma electrónica todos sus documentos tributarios, a excepción del Comprobante de Retención Virtual.
El listado de los contribuyentes que conforman los grupos y la Resolución General N° 105/2021 se encuentran disponibles en el portal web del Sifen https://ekuatia.set.gov.py/portal/ekuatia/ y en la página web de la SET www.set.gov.py sección Normativas/2021.
-
Notas9 horas hace
Itaipu inició llamado a licitación binacional para la instalación de su primera planta solar flotante
-
Notas1 día hace
Transformación financiera en Latinoamérica: El auge de las billeteras digitales
-
Notas2 días hace
Ministra de Trabajo participará del G20 en Brasil en reuniones sobre desafíos del mundo laboral
-
Notas1 día hace
Paraguay retornó luego de seis años a la discusión global de políticas enfocadas a emprendedores